Esta mañana, el Agencia de Seguridad Alimentaria de la Municipalidad de Rafaela realizó una auditoría de rutina y encontró mercadería en mal en un autoservicio ubicado en avenida Italia 740. Allí pudieron constatar la presencia de alimentos vencidos y en mal estado por perdida de la cadena de frío en exhibidoras con temperaturas superiores a las exigidas por el Código Alimentario Nacional
Esta situación fue comunicada a la responsable de la ASAL, Mónica Andreo, quien junto a personal de la Dirección de Protección Ciudadano y Vial, y el Juez Municipal de Faltas, Claudio Nicola, constataron en el lugar la falta mencionada y se procedieron a la intervención de los productos, que fueron decomisadados y llevadados al Relleno Sanitario como deposito final.
Tal como lo indica la Ordenanza Nº 4,552, se procedió a la suspensión de actividades del autoservicios hasta asegurar que las exhibidoras funcionen a la temperatura adecuada evitando el riesgo a la salud y seguridad de las personas.
Recordemos que la mencionada ordenanza sancionada por el Concejo Municipal de nuestra ciudad el 11 de noviembre de 2012 crea “Agencia de Seguridad Alimentaria de la Ciudad de Rafaela” en el ámbito de la Subsecretaria de Salud, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social de la Municipalidad de Rafaela. La Agencia reemplazó al área de Bromatología municipal
En su articulo 16 establece que cuando se constatare la comisión de una falta, el responsable de la Agencia de Seguridad Alimentaria, de acuerdo a la gravedad de la misma, podrá sugerir al Juez de Faltas la imposición de alguna de las siguientes sanciones: apercibimiento, multa, intervención, comiso, suspensión de actividades y clausura.
c) INTERVENCIÓN: Todo aquel producto alimenticio o no alimenticio que se evalúe como peligro/riesgo para la salud o seguridad de las personas podrá ser separado y quedar en custodia del propietario, autoridad municipal o a quien ésta designe hasta el dictado de la Resolución correspondiente que defina su destino, sin perjuicio de radicar denuncia penal si correspondiera.
d) COMISO: Comporta la pérdida de mercadería y objetos para su propietario, sea o no responsable de la falta, dándosele el destino conforme a la normativa aplicable en la materia.
e) SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES: En los casos de peligro/riesgo para la salud y seguridad de las personas, se informará de ello al responsable del establecimiento para que suspenda la actividad; en caso de que el mismo no colabore con tal medida, de oficio se suspenderán las actividades del establecimiento, en forma total o parcial según corresponda, dejándose constancia de lo actuado.